Urbanismo defiende el “cumplimiento escrupuloso de la legalidad” de la sede de la Cámara de Comercio

El Ayuntamiento sostiene que las obras requieren licencia por afectar a elementos estructurales y recuerda que el proyecto incumple el Plan Especial del Puerto.

La Jefatura de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la concejalía de Urbanismo ha emitido un informe en el que recalca el estricto “cumplimiento de la legalidad urbanística vigente” en la “aplicación normativa realizada por los técnicos municipales” en el expediente relativo a las obras ejecutadas en la nueva sede de la Cámara de Comercio en Panoramis. El departamento responde así a las “constantes afirmaciones y descalificaciones” que, según el escrito municipal, cuestionan el trabajo técnico.

Urbanismo replica expresamente a las manifestaciones procedentes de la Cámara, que hablaban de “un error de interpretación por parte de los técnicos municipales y a la aplicación de una ordenanza municipal desfasada”, así como de que “la actuación municipal incurre en graves errores de apreciación jurídica al considerar aplicable una legislación urbanística derogada (LOTUP de 2014) y una ordenanza municipal de licencias, datada en 2020, que no ha sido adaptada a la legislación vigente”.

“Se falta a la verdad”: la normativa aplicada está vigente

El informe aclara que “sobre la normativa aplicada por los técnicos municipales, que se cita como derogada, se falta a la verdad, siendo la norma aplicada el vigente texto de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de 2021”.

Asimismo, recuerda que tanto el texto de 2014 como el de 2021 son “idénticos” en lo relativo a los actos sujetos a licencia o declaración responsable. Y precisa que las declaraciones responsables únicamente pueden emplearse para “las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura, sin suponer sustitución o reposición de elementos estructurales principales, o al aspecto exterior e interior de las construcciones, los edificios y las instalaciones, que no estén sujetas a licencia” y para “las obras de mera reforma que no suponga alteración estructural del edificio”.

En el caso de la sede cameral, subraya Urbanismo, “concurren las dos circunstancias, afectación a elementos estructurales principales” y “alteración estructural del edificio”, por lo que “no se sujetan a declaración responsable, sino a licencia”.

La ordenanza de 2020 sigue vigente

Sobre el uso de una normativa presuntamente obsoleta, el informe recalca que “la Ordenanza municipal de Licencias de 2020 respeta plenamente la normativa vigente”. Añade que esta es posterior a la reforma legislativa de 2019 y que su artículo 1.3 dispone de forma expresa que “lo establecido en la ordenanza se subordina a lo que dispongan la normativa estatal y autonómica”, así como que “los cambios normativos que se produzcan se aplicarán de inmediato cuando la respectiva norma entre en vigor, sin necesidad de esperar a que se modifique la ordenanza”.

Incumplimiento del Plan Especial del Puerto

El Ayuntamiento recuerda también que el Plan Especial del Puerto fija tres parámetros de obligado cumplimiento: “la limitación del número de plantas a planta baja + 1”, la edificabilidad máxima y la ocupación permitida.

Según el informe, “las obras realizadas al margen de la concesión, –por lo que la Autoridad Portuaria comunicó–, ha supuesto un aumento de la superficie construida, y de la edificabilidad, y con ello, se ha superado la máxima autorizada por la normativa urbanística”. Por tanto, concluye Urbanismo, “incumplida la normativa urbanística, en ningún caso las obras podrían ser autorizadas bajo ningún título habilitante –ni licencia ni declaración responsable–”.

El Ayuntamiento no puede autorizar obras “al margen de la concesión”

El informe remarca que “el Ayuntamiento no puede otorgar licencia de obra en suelo de dominio público portuario al margen de la concesión otorgada por la Autoridad Portuaria y del proyecto autorizado por la misma al concesionario, Digital Corner, del que la Cámara de Comercio es arrendataria, lo que no se ha producido hasta la fecha”.

Cuando el proyecto ajustado sea presentado y verificado, señalan, podrá “viabilizarse la autorización”, siempre que se restauren “todo lo construido ilegalmente” para cumplir el Plan Especial del Puerto, una “potestad irrenunciable y de obligado cumplimiento”.

Finalmente, los Servicios Jurídicos reiteran su disposición de ofrecer “toda su colaboración a fin de solucionar la controversia, dentro siempre del cumplimiento de la legalidad urbanística, como no puede ser de otra forma”.

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